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En San Isidro se premia a un grupo de contribuyentes mientras miles quedan fuera del descuento

Así lo entendió el concejal Marcos Díaz (PJ-Unión por la Patria) al momento de explicar y fundamentar su voto en torno al Presupuesto Municipal y la Ordenanza Fiscal Impositiva.

 

Columna de opinión: Marcos Díaz

 

Este año fue un año muy difícil para muchos y esto no escapa a la realidad de las y los sanisidrenses. Durante este primer año que me tocó el honor de ser representante del pueblo de San Isidro intentamos por todos los medios posibles de trabajar en propuestas e ideas que fueran beneficiosas y paliativas al descalabro que estamos viviendo por las políticas económicas que está llevando adelante el Gobierno Nacional. La pérdida del Poder Adquisitivo de los salarios, el cierre de comercios, fábricas y pymes, el aumento de la pobreza, el encarecimiento de los productos de la canasta básica y todo lo que ya sabemos y vivimos.


En esta línea, cuando recibimos y trabajamos con el equipo sobre los proyectos de Ordenanzas Fiscal e Impositiva enviados por el Ejecutivo, buscamos que las y los vecinos tengan un alivio a la hora de hacer frente al pago de las tasas, que vamos a establecer hoy en esta sesión.


A pesar de no ser tan preciso el Intendente, vemos como un paso adelante la derogación de ciertas tasas, como las de Habilitaciones de Comercios e Industrias, que se mantengan las exenciones por antigüedad, los derechos de oficina, entre otros. También vemos como algo positivo que se eleve a 3 jubilaciones mínimas los ingresos necesarios para la exención del ABL, para aquellos hogares donde viven jubilados o pensionados, como así también en los hogares de bajos recursos, en los de los excombatientes y en hogares donde viven personas con discapacidad.


Sin embargo, estos proyectos como fueron enviados, no podemos acompañarlos. Por este motivo, presentamos dos modificaciones que son fundamentales para aliviar la carga de vecinas y vecinos.


Por un lado, creemos que es fundamental modificar el artículo 48 de la Ordenanza Impositiva, porque así como está le permitiría al Departamento Ejecutivo incorporar al año que viene, aumentos por inflación que ya están saldados en el ejercicio 2024 y en la votación de estos proyectos. En este sentido, proponemos que quede redactado de la siguiente manera:

“Art. 48: El Departamento Ejecutivo podrá actualizar bimestralmente los valores expresados en la presente Ordenanza a partir del mes de abril de 2025. Este incremento no podrá superar la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) Región GBA del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) de las dos últimas mediciones publicadas al momento que se realiza la emisión de los tributos dispuestos en la presente ordenanza".


"A su vez el Departamento ejecutivo podrá actualizar los valores expresados en el Capítulo XVI de la presente ordenanza (Nomenclador de Prestaciones de Servicios Asistenciales Municipal). Este incremento no podrá superar la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) Región GBA del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) de las dos últimas mediciones publicadas al momento que se realiza la emisión de los tributos dispuestos en la presente ordenanza”.


Esto va a permitir que el Departamento Ejecutivo pueda aumentar las tasas únicamente hasta el valor de la inflación del IPC del INDEC del período bimestral anterior. Primero ponemos como plazo que el primer aumento pueda ser facturado a partir de abril, o sea a pagar en mayo, teniendo como techo el aumento del IPC de enero y febrero. Esto le va a dar un alivio al bolsillo de los vecinos, con un período de gracia de 4 meses, y no pudiendo aumentarse por encima de la inflación de los dos meses previos.


Por otro lado, también vemos con buenos ojos que se premie a los contribuyentes, dándoles un descuento del 10% para quienes paguen anticipadamente, de forma anual. Pero esto, pensado sólo de esta manera, deja afuera a un montón de vecinas y vecinos que pagan mes a mes, en tiempo y forma, su tasa de ABL, pero por una cuestión económica tal vez se les hace imposible poder adelantar tanto dinero de una sola vez. Por eso, la segunda propuesta que presentamos es que a aquellos vecinos que hayan pagado dentro de los plazos establecidos en los primeros 9 meses del año, puedan tener una bonificación en las últimas boletas de ABL.


Para ello, debemos incorporar un párrafo en el Artículo 51 de la Ordenanza Fiscal, que quedaría redactado de la siguiente manera: “Para los contribuyentes que no hayan optado por el Pago Anual Anticipado, se otorgará un descuento en la cuota 6 de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, a aquellos contribuyentes que no registren deuda alguna anterior al 31 de diciembre de 2024 de la mencionada tasa y que hayan abonado, antes de sus respectivos vencimientos, las cuotas anteriores al 30 de septiembre del período fiscal 2025. Dicho descuento será del 5% del total abonado del 1 de enero al 30 de septiembre”.


Esto significa que obtendrían un descuento aproximado del 50% en la última boleta del ABL.


Para finalizar, sólo queda decir que nuestro objetivo nunca es desfinanciar al Estado Local, sino todo lo contrario… que el Estado Municipal pueda llevar adelante las funciones de gobierno, con una planta de trabajadores municipales formados y bien pagos, con los insumos y materiales suficientes para cubrir todas las necesidades, para que se pueda prestar servicios de calidad, en especial en lo que refiere a la salud. A su vez, esto tiene que ser planificado para que todos los vecinos puedan contribuir de forma equitativa y orgánica, no siendo un peso excesivo sobre las economías de los hogares de nuestros vecinos. Por este motivo, proponemos estas dos modificaciones.


(Nota de redacción: ampliar nota en siguiente link: Revoleo de Tasas en HCD de San Isidro)

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