Reforma laboral: diputados, con lealtades y traiciones, lograron aprobar una ley que promete perjudicar a quien trabaja
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Con 135 votos afirmativos, 115 negativos y ninguna abstención. Pasa al Senado para definir los cambios.

Nuevamente la represión sobre gente que se manifestaba pacificamente frente al Congreso fue la impronta del oficialismo
Con la anuencia de diputados que llegaron al recinto con un mandato opositor y a la hora de votar se ubicaron del lado del oficialismo libertario, la Cámara de Diputados logró, con 135 votos afirmativos, 115 negativos y ninguna abstención en su tratamiento en general, sancionar la denominada Ley de Reforma Laboral que ahora vuelve al Senado. De este modo, la ultraderecha autoritaria y violenta, con votos de sus socios del PRO, la UCR y el MID avanzó con la ley. La “traición”, tal cual definió la peronista Valeria Sisley, a la hora de cuestionar a sus compañeros del peronismo que como panqueques decidieron acompañar la reforma laboral, obtuvo votos de legisladores que responden a gobernadores de Salta, Misiones, Catamarca, Neuquén, Tucumán, San Juan y Santa Cruz y una parte de Provincias Unidas (dos cercanos a Llaryora y dos a Pullaro).
Tal cual se desprende de la reforma laboral, la misma es claramente perjudicial para el trabajador y seriamente ventajosa para el sector empresarial, en particular grandes empresas que pagarán menos de aportes sociales que las PyMes nacionales.
Dentro de los cambios que se aplicaron en Diputados se eliminó el que fijaba el pago por licencia médica. El gobierno pretendía que aquellos trabajadores que por cuestiones de salud no podían trabajar percibirían entre un 50 y un 75% menos de salarios. Esto fue sacado de la redacción. En realidad, no pocos legisladores entendieron que este punto estaba exprofesamente redactado con la intencion de, llegado el caso, entregar algo a los críticos de la ley. "Si pasaba, mejor," confiaron desde Casa Rosada.
Además, trabajadores y jubilados se verán dañados ya que la ley permite que el dinero que iba destinado a la ANSES -pago de jubilados- de aquí en más será administrado por fondos privados. También habrá una baja salarial ya que las horas extras, por ejemplo, no serán parte de las negociaciones laborales. Dentro de este marco, los convenios colectivos de trabajo que permiten fijar condiciones laborales y salariales beneficiosas pasarán a ser discutidas por empresas, lo que debilita la correlación de fuerzas: será el capital quien ”domestique” los reclamos del empleado.
Un dato no menor es que lo que el Decreto 70/2023 impuso, entre otras iniciativas, el RIGI y una mayor "flexibilización laboral" con el objeto de potenciar la inversión y la generación de trabajo genuino, nada de eso sucedió. El modelo que regentea Milei, liberalismo apalancado en la denominada "teoría del derrame", además de no haber generado ingresos de capitales como se esperaba, 22.300 PyMes debieron cerrar las puertas, 16.000 comercios barriales se vieron en la necesidad de cerrar las persianas y cerca de 300.000 personas quedaron sin empleo. Todos datos oficiales que revelan la mentira del relato oficial. EL modelo beneficia al rico, a las grandes empresas y prioriza un modelo primarizado de la economía, En este sentido es que empresas extractivistas, agroexportadoras, financieras y bancarias son las privilegiadas del sistema
Qué fija la reforma
*Banco de horas: se reemplazan los pagos por horas extras por un sistema para compensar jornadas extensas con otras más breves o días de franco. Se respetarán descansos mínimos obligatorios: 12 horas entre jornadas y 35 horas de descanso semanal.
*Indemnizaciones: se modifica el actual sistema, estableciendo compensaciones sujetas a la inflación (con un 3% de plus anual, reemplazando el actual esquema en el que la actualización la establecía el juez interviniente) y excluyendo los aportes correspondientes al aguinaldo, las vacaciones y otros agregados.
*Fondo de Asistencia Laboral (FAL): se establece un esquema compuesto por el 3% del salario de los trabajadores a una cuenta de inversiones que sería utilizada para el pago de indemnizaciones. Las grandes empresas deberán aportar el 1% (que puede ampliarse a 1,5%) y las pymes el 2,5% (que puede llegar al 3%). El empleador deberá afrontar la diferencia cuando el fondo no alcance para pagar el total de la indemnización.
*Salarios: se promueven pagos por mérito y productividad en detrimento de las negociaciones colectivas del salario básico. Los sueldos podrán ser en pesos o moneda extranjera, pero también por especie.
*Vacaciones: el proyecto permite que las vacaciones se fraccionen por un mínimo de 7 días. Al menos cada 3 años, y en caso de vacaciones rotativas, los trabajadores deben tener su receso en el período de verano.
*Servicios esenciales: se incorporan las telecomunicaciones, hospitales, recolección de residuos, la aeronáutica comercial, el control de tráfico portuario, los servicios aduaneros y migratorios y la educación en todos sus niveles (salvo universitario) que deben garantizar, al menos, una prestación del 75% de su funcionamiento normal.
*Promoción del blanqueo laboral: se crea un régimen de incentivos impositivos por cuatro años para aquellos empleadores que contraten a personas desempleadas o monotributistas hasta un año después de la sanción de la ley. También se abre una ventana de seis meses para el blanqueo a los empleadores que cuenten con trabajadores no registrados.
*Eliminación de la "ultraactividad": se acaba con el régimen que permite que un convenio colectivo de trabajo continúe vigente incluso después de su fecha de vencimiento, hasta que se negocie uno nuevo.
*Financiamiento del cine: a partir del 1° de enero de 2028, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) será financiado exclusivamente con partidas asignadas por la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional, eliminando sus fuentes automáticas de recaudación como el porcentaje de entradas de cine vendidas o el financiamiento proveniente del ENACOM.
*Trabajadores de plataformas: se reglamentan las condiciones, obligaciones y garantías que tiene el personal de plataformas. Se establece la obligatoriedad de tener un seguro de salud mientras ejerce su trabajo, aunque quien se haga cargo de él será producto de un "libre acuerdo" entre la plataforma y el trabajador, sin que esto represente condición de dependencia.
*Asambleas: las convocatorias asamblearias no podrán afectar "el normal desarrollo de las actividades de la empresa" y deberán contar con autorización previa. También se establece que "el trabajador no devengará salarios durante el tiempo de la misma".















