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Lejos de la traición, radicales de todo el país rechazan DNU y Ley ómnibus

Objetan la constitucionalidad del mismo, reclaman debate dentro de un adecuado marco institucional y se oponen férreamente a la delegación de poder al presidente. Son dirigentes enrolados en la "Intransigencia Alfonsinista".



Reivindicando las mejores tradiciones políticas y abonando el espíritu democrático que supo tener el radicalismo hasta que fuera subsumido por la derecha macrista y ahora por el autoritarismo de un anarco capitalista como resulta ser el presidente Javier Milei, dirigentes radicales de todo el país endirigentes rolados en la “Intransigencia alfonsinista”, emitieron un duro documento rechazando el DNU y la Ley ómnibus.


Aseguran, mediante un comunicado al cual tuvo acceso Lo Nuestro,  que la UCR, “el partido de la constitución y de las Leyes debe ser inadmisible que se pretenda gobernar de espaldas al Congreso” y agregan que “las normas constitutivas de la democracia presuponen y promueven el pluralismo y, por lo tanto, la pacífica controversia de propuestas y proyectos acerca del país que anhelamos”.

La postura de los y las dirigentas de la UCR se da dentro de un contexto nacional en que la diirgencia nacional de la UCR y sus principales mascarones de proa se muestran muy cercando al gobierno. De hecho, como parte acttiva de Juntos por el Cambio, son socios el gobierno de MIlei.


“No a la delegación de facultades auto propuestas. No a la aprobación del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23. No al proyecto de Ley Ómnibus”, resume de la dirigencia radical. Allí se encentran figuras políticas de la zona norte como las de Néstor Ríos, Alejandro Terceiro, por caso



Documento Completo:

 

Abordar razones que hacen a la legitimidad y legalidad de una norma no es una cuestión sencilla, podríamos cubrir bibliotecas enteras.


Para los radicales, hay faros que nos guían, que nos orientan. “Cuando hablamos de construcción de la democracia no nos estamos refiriendo a una simple abstracción; nos estamos refiriendo a la fundación de un sistema político que será estable en la medida en que se traduzca en la adopción de rutinas democráticas asumidas y practicadas por el conjunto de la ciudadanía.


 Las normas constitutivas de la democracia presuponen y promueven el pluralismo y, por lo tanto, la pacífica controversia de propuestas y proyectos acerca del país que anhelamos”. (Parque Norte, Raúl Alfonsín). Vale decir, teniendo a la democracia representativa como método y como la única forma de gobierno que propicia nuestra Constitución, la cual permite la discusión y las controversias de las diferentes ideas dentro del marco de las instituciones republicanas y no de espaldas a ellas. Es así que la norma obtiene legitimidad para los radicales.


 Cuando es producto del debate pluralista, participativo. Cuando hay inclusión en el debate. Cuando un proyecto de ley, léase proyecto y no imposición, puede ser discutido, corregido, perfeccionado. Es en el ámbito natural del Congreso y en el intercambio de ideas que den nuestros representantes donde se puede y se debe debatir. El proyecto debe exceder los puntos de vistas unilaterales de un sector, o de una corporación, que defiende sus intereses sin tomar en cuenta al conjunto y a los más desprotegidos.

La legitimidad de una norma implica la búsqueda de consensos, el tiempo de debate de sus alcances, la información pública de su desarrollo. No se obtiene la legitimidad democrática en una, a todas luces inconstitucional delegación de facultades. La Constitución Nacional es clara, en su artículo 29, no puede el Congreso delegar facultades extraordinarias ni la suma del poder público. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria. La delegación, a la par que inconstitucional, ilegal, afecta el proceso de discusión entre representados y sus representantes legislativos y esto no significa que conculcar otra cosa que la nuestra forma de gobierno, la que no es antojadiza, sino que está consagrada por el primer artículo de nuestra Carta Magna cuando reza que la Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal.


Consecuentemente el art. 76 CN prohíbe la delegación legislativa como principio y cuando legisla la excepción consagra un coto infranqueable, cual es materias determinadas de administración pública y de emergencia con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca. Y la Constitución Nacional persiste coherentemente en su íter prohibitivo de las delegaciones al normar en el artículo 99° que el Presidente no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo.


Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros.

Lo que salvaguarda el sistema es el derecho a participar de los gobernados en la elaboración y sanción de las normas. Por eso en la reforma del 94 el ex presidente Alfonsín buscó limitar el uso discrecional que hacía el entonces presidente Menem de los Decretos y para eso creó la figura del DNU, Decreto de Necesidad y Urgencia.


Cada norma, que tienda a buscar una legitimidad, debe ser producto de un debate inclusivo, como parte de una negociación en el seno del Congreso y como parte de un Estado Independiente. Recordemos al ex presidente Alfonsín cuando en su discurso por ante la Asamblea Legislativa decía que: “Vamos a luchar por un Estado independiente. Hemos dicho que esto significa que el Estado no puede subordinarse a poderes extranjeros, no puede subordinarse a los grupos financieros internacionales pero que tampoco puede subordinarse a los privilegiados locales. La propiedad privada cumple un papel importante en el desarrollo de los Pueblos, pero el Estado no puede ser propiedad privada de los sectores económicamente poderosos.


Las oligarquías tienden siempre a pensar que los dueños de las empresas o del dinero, tienen que ser los dueños del Estado…Otros a su vez piensan que el Estado debe ser dueño de todas las empresas. Nosotros creemos que el Estado debe ser independiente, ni propiedad de los ricos, ni propietario único de los medios de producción”. Nada de esto se expresa en DNU 70/23 que invoca como fundamento de la urgencia, a 40 años de ejercicio democrático, “un riesgo a la subsistencia misma de la organización social, jurídica y política constituida.” (DNU 70/23) Y no hay tal riesgo.


Argentina sostiene en sus 40 años de institucionalidad democrática consolidada, alternancias de gobiernos de distinto signo, continuidad en la representación parlamentaria y funcionamiento de la constitucional división de poderes. Todo este pacífico aparato institucional se probó por última vez el 19 de noviembre con un cambio de signo político. Consideramos que no estamos en presencia de ninguna circunstancia excepcional que impida seguir los trámites ordinarios para la formación y sanción de las leyes. Incluso, la convocatoria a extraordinarias para el mes de enero, pone en evidencia que no existe imposibilidad alguna de convocar al Congreso.


No hay fundamentos entonces para una delegación de atribuciones del Congreso al Poder Ejecutivo. Cada proyecto debe seguir su trámite parlamentario regular, pasar por su comisión, y en cada comisión, dar voz a los afectados y sus organizaciones.


Es el camino correcto. La tentación autoritaria de normar sin participación no tiene fundamento. No puede el Partido de la Democracia, la Unión Cívica Radical avalar que se legisle por fuera de los marcos previstos en la Constitución Nacional avalando una suerte de Estado de Excepción. El discurso político, con las necesarias, concienzudas y suficientes autocríticas que debemos hacer todos los actores, debe llegar con este espíritu de construcción a todos los argentinos. Hacer que estemos dispuestos a seguir marchando juntos con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino. Debemos lograr la unión de lo desunido.


Debe tratarse de una disposición, de una voluntad, pero también de un compromiso para alcanzar la concreción de las ideas en la vida real de las personas aspirando a la autorrealización de los individuos dentro de la sociedad en la cual estamos y teniendo cuidado de permitirnos caer en una ideología que subordina todos los valores al valor supremo económico que no era otra cosa que el sostén ideológico de la oligarquía, que lo alentaba para la acción y justificaba sus deformaciones. Estemos a la altura de la misión que nos han confiado los electores al votarnos. Estemos a la altura de los próceres que nos miran desde los cuadros que cuelgan en nuestros Comités.


Generemos las condiciones para que cada disposición surja del debate amplio de la ciudadanía. En los términos referenciados: No a la delegación de facultades auto propuestas. No a la aprobación del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23. No al proyecto de Ley Ómnibus.


Que cada iniciativa siga su correcto trámite parlamentario regular. Es inadmisible que se pretenda gobernar a espaldas del Congreso.

 

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